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Derechos de las víctimas de violaciones de Derechos Humanos

Por Ankaret Alfaro

En el camino de la búsqueda de justicia, a las víctimas de violaciones de derechos humanos se les tiene que garantizar derecho entorno a la verdad, memoria, reparación integral y garantía de no repetición. (Leer, quién viola los derechos humanos: https://www.revistacolumnas.com/introduccion-a-los-derechos-humanos )

El derecho a la verdad: Obliga al Estado a esclarecer la cuestión: quienes, dónde, cuándo y por qué. Las víctimas y sus familiares tienen derecho a saber todas las cuestiones entorno por lo que este derecho debe llegar hasta el fondo, no sólo queda en saber las razones de la agresión y evidenciar a los culpables y quienes se beneficiaron, sino cuál fue la lógica sistémica que produjo la agresión y el contexto, además debe hallarse la ubicación de las personas en los casos de desapariciones forzadas y saber qué acciones y protocolos se pusieron en marcha para investigar los hechos y sancionar a los responsables.

Derecho a la justicia: Se debe llevar a cabo el debido proceso, desde las investigaciones imparciales e independientes hasta el enjuiciamiento de los responsables y su sanción respectiva. El Estado debe ofrecer a las víctimas recursos judiciales efectivos, que se lleve el proceso completo y en regla, y acudir a las medidas que garanticen la integridad de las víctimas y sus familiares, testigos y operadores judiciales. Si las víctimas han agotado los procesos internos tienen todo su derecho a recurrir a instancias internacionales.

Derecho a la reparación integral: No hay reparación de daño sin verdad y sin justicia. Garantizar la reparación involucra acciones permanentes que transformen el contexto y condiciones que han propiciado la victimización de los sectores más vulnerables, va mucho más allá de intentar aliviar el sufrimiento de forma material. La reparación integral conlleva tomar medidas que prevengan futuras violaciones para garantizar la no repetición. Tiene que existir una restitución, en donde el Estado devuelva a las víctimas lo que la agresión les arrebató: liberar a las victimas si fueron detenidas de forma injusta, regresarlas si fueron desplazadas o exiliadas, devolverles sus bienes, etc. También se les debe indemnizar por los daños causados, Rehabilitar en cualquier caso médico, psicológico, o en caso de necesitar servicios de trabajadores sociales o abogados. Y por último, el Estado debe garantizar la satisfacción haber ejercido plenamente sus derechos, lo que incluye el reconocer el daño, homenajes o disculpas públicas, actos de reconocimiento, de memoria y dignidad.

El derecho a la memoria: el Estado debe garantizar que las victimas sean recordadas y su memoria sea reivindicada sin intromisión del Estado, las personas deben ser recordadas y además el recuerdo puede hacerse público.  El Estado debe tomar las medidas que sean necesarias para cumplirlo sin obstaculizar el proceso mediante disposiciones legales que limiten el derecho a la memoria.  ¿Por qué hacerse público el recuerdo? Que la memoria se colectivice es una forma de impedir que se los hechos se repitan.

Por último, el Estado siempre debe garantizar la no repetición mediante acciones institucionales que prevengan nuevas violaciones. Claramente, este derecho solo puede ejercerse mediante el desmonte y reestructuración de los mecanismos que favorecieron que se ejercieran las violaciones a los derechos para proteger los derechos de las víctimas, lo que implica que el primer paso para que esto se cumpla, es la sanción correspondiente a los culpables.

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